Cambio del Modelo Energético: una necesidad ineludible.

Falta la revolución energética que democratice la gestión de la energía.
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martes, 11 de agosto de 2015

Entropía y el Camino del Sol.


 
Queridos lectores,

La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica, (Anpier),  está organizando una campaña  de concientización y movilización en defensa y en favor de las energía renovables llamada Camino del Sol. La acción busca un movimiento pacífico hacia un modelo sostenible basado en las energías renovables, pero requiere también de una transición rápida hacia otro modelo energético y sobre todo en la gestión y uso que se hace de la energía o de la capacidad de realizar un trabajo. Movilización que ya ha sido apoyada por varias organizaciones  y personas firmando el Manifiesto #CaminoDelSol.
 
Los 10 puntos del Manifiesto son los siguientes:

1.- Queremos un nuevo modelo energético fundamentado en las energías renovables, el ahorro y la eficiencia energética, sobre un plan programado de abandono de los combustibles fósiles.

2.- Queremos que la política energética de este País pase a ser una verdadera política de Estado, consensuada con la sociedad civil, el sector y los territorios.

3.- Queremos un sistema eléctrico asequible, que aporte competitividad y bienestar y no un sistema que genere réditos millonarios para unos pocos a costa de emisiones tóxicas y riesgos de catástrofes nucleares, un modelo que ha convertido en lujo un recurso esencial.

4.- Exigimos que se democratice el acceso a producir energía y que se reconozca el autoconsumo como un derecho.

5.- Queremos una auditoría de los costes del Sistema, para que se conozcan los costes de producción reales de cada una de las tecnologías de generación.

6.- Queremos que se modifiquen de forma inmediata todas las normativas que están destrozando la seguridad jurídica y la confianza en las inversiones en este país.

7.- Queremos que se restituya a los productores de energías renovables los derechos que les otorgaron las Leyes que dieron origen a sus instalaciones.

8.- Pedimos justicia para las 62.000 familias fotovoltaicas que, animadas por el Estado, pusieron sus ahorros e hipotecaron sus propios hogares para desarrollar y generar energías limpias. Ellos han hecho posible un nuevo modelo energético.

9.- Queremos la derogación inmediata del nuevo marco legal retroactivo impuesto para cercenar el desarrollo de las renovables.

10.- Queremos el fin de la dictadura energética que soportamos, exigimos que la energía se democratice y el objetivo de un modelo energético basado 100% en energías Renovables para el año 2050

Sin querer entrar en detalle en el análisis de cada uno de los objetivos del Manifiesto y sus características,  tal como si son o no son realistas, prácticos o tan siquiera alcanzables en su totalidad para la toda la humanidad,  como por ejemplo el objetivo número diez,  por la clara imposibilidad de que el 100% del actual modelo de trabajo, o  su crecimiento exponencial y gestión sean soportados por las energías renovables. Ello es  debido  a la tremenda densidad energética de los combustibles fósiles y en especial del petróleo respecto a las energías renovables, o a que la eficiencia es necesaria pero no suficiente , a la  necesidad de lograr la seguridad alimentaria o por el llamado "peak everything"  
 
 Lo que si es cierto es que estos diez objetivos y la campaña  son necesarios, y están siendo comunicados de manera adecuada, y sólo se lograrán de manera total o parcial por medio de la movilización ciudadana y del apoyo incondicional de los gobiernos y organizaciones, tal como el año pasado se solicitó en el Manifiesto Última llamada.

Pero si quisiéramos buscar una ley universal con la que demostrar la necesidad de los diez objetivos tendríamos que dirigirnos a la física y en concreto al que para muchos físicos es su principio más preciso e importante: el Segundo Principio de la Termodinámica, del que se deriva que nuestra entropía no hace más que crecer, que nos dice entre otras cosas,  la parte de energía que no es capaz de producir trabajo útil.

Prácticamente a estas alturas muy pocos niegan, y en especial pocos científicos lo hacen,  el efecto antropogénico del cambio climático y en especial los efectos negativos que tiene para nuestro entorno y la vida actual el aumento de la temperatura media en la Tierra debido a los gases de efecto invernadero y por la quema de combustibles fósiles.
 
 
 
El último informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) establece los motores del flujo de los gases de efecto invernadero, (GEI), concluyendo entre otros aspectos que la emisiones han continuado desde 1970 hasta 2010 siendo los mayores aumentos absolutos en los últimos diez años, que la emisión de CO2 procedente de la quema de combustibles fósiles corresponden al 78% de la emisión total de los gases de efecto invernadero y alrededor de la mitad de las emisiones totales se han producido en los últimos cuarenta años.
 
Un informe del IPCC más detallado puede encontrarse en Mitigación del Cambio Climático donde se establece,  como no podría ser de otra manera, que la única manera para frenar el incremento de la temperatura por debajo de 2ºC depende en cualquier escenario,  exclusivamente de acciones antropogénicas.   De no hacer nada la temperatura y el cambio climático con sus efectos negativos para nosotros, (no para la Tierra,  que no corre peligro), seguirá subiendo. Los escenarios para esta reducción de GEI en la atmósfera requieren de acciones en agricultura, gestión de los océanos, selvicultura, la logística, las fuentes de energía primaria, reducción de la quema de carbón, mejoras para la eficiencia, y sobre todo un cambio en el comportamiento en el uso de la energía y en el estilo de vida y la cultura. Todas estas acciones precisan ser tomadas por el  hombre y forzar una reducción de los GEI porque de seguir sin hacer nada, como se ha indicado, de acuerdo al Segundo Principio de la Termodinámica, va a seguir aumentando la entropía y generando  calor como energía inútil para el trabajo y cambiando el clima, aunque a algunos sectores y manera puntual les genere beneficios.
 
Seguro que muchos lectores se van a sorprender cuando afirme que el Sol no nos aporta energía ni calienta la Tierra. 
 
Realmente no dependemos de la energía que proporciona el Sol sino de su baja entropía. Considerando  la energía recibida durante el día desde el Sol en la Tierra y la emitida durante el día y la noche al espacio por la Tierra,  es exactamente la misma, balance neto cero. La diferencia es que la energía recibida desde el Sol es a través de fotones con un espectro de alta energía, y la emitida por la Tierra es con fotones de baja energía en la banda del infrarrojo. La Tierra emite muchos más fotones de los que recibe, aunque el balance energético es cero. Lo que aumenta conforme al Segundo Principio es la entropía, la entropía recibida con los fotones del Sol es menor que la entropía que emite la Tierra. Si no fuera por la acción del hombre debido a la emisión de los GEI se estaría en un equilibrio, con la pequeña aportación del calor interno desde el centro de la Tierra debido a los procesos de desintegración, este calor radiactivo también se emite al espacio. El Sol es nuestra fuente de baja entropía y las plantas y las algas la utilizan en el proceso de fotosíntesis iniciando así  la cadena trófica. 
 
Para evitar, como se está haciendo,  romper este equilibrio y que la temperatura siga aumentando, hay que reducir la quema de los combustibles fósiles, que tienen baja entropía, y emiten  los gases de efecto invernadero que absorben la energía infrarroja,  aumentando la temperatura de la atmósfera al impedir que escapen los fotones infrarrojos, y ello nos perjudica y cambia el clima.
 
Sin ser una solución suficiente, pero si muy necesaria, hay que potenciar la proliferación y uso democrático de las energías renovables y  la movilización propuesta por Anpier y muchas otras organizaciones y personalidades tienen ese objetivo,  porque el Sol es nuestra única reserva sostenible de baja entropía, razón más que suficiente para firmar el Manifiesto #CaminoDelSol. No hay una sola evidencia, del hombre o de otra criatura del universo,  en contra del Segundo Principio de la Termodinámica.
 
Saludos.
            
 Nota: El dibujo de cabecera procede del Origen de la baja entropía del Universo de Roger Penrose
 
 
 

domingo, 16 de febrero de 2014

No retrasar el Futuro.




Cada vez más,  debido a los intereses creados y a las campañas de información, se está asumiendo por gran parte de la sociedad el que las energías renovables son las culpables principales, por no decir únicas, del déficit de tarifa o de la subida de la electricidad. Nada más lejos de la realidad.
 
Por ello incluyo en el blog las alegaciones enviadas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia  con relación al borrador de la orden que modifica los nuevos parámetros retributivos a la producción de Energías Renovables y en particular lo que aplica a las energía fotovoltaica.
 
Las alegaciones son a la nueva propuesta de Orden para gestionar las energías renovables y en especial a la energía fotovoltaica.
 
La nueva reglamentación del Ministerio de Industria y Energía  y sus acciones ya tomadas en el sector energético y en el mercado eléctrico en concreto no consideran la realidad del sector energético y no plantean propuestas ni mecanismos que son fundamentales para reducir el consumo, aumentar la eficiencia, que es necesaria pero no suficiente, y no retrasar el futuro con una mayor participación en el mismo de las Energía Renovables siendo consistentes con el peak oil.  
 
Por el contrario las medidas ya implantadas y las propuestas institucionales paralizan el desarrollo de las energías renovables, y muy en particular el de la energía fotovoltaica y potencia el uso de las energías fósiles derivadas del carbón e hidrocarburos, cada vez más caras y escasas, debido a la demanda de los países emergentes y al incremento de su población que también solicita acceso a energía barata. Se sigue insistiendo en un modelo de desarrollo  basado en la función exponencial,
 
Por otro lado se demoniza a la energía fotovoltaica y a las renovables como causantes del incremento de la factura de la luz o del déficit tarifario.
 
Cuando el desglose de la factura eléctrica es el siguiente:
 
 
 
 

A la atención de La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia

Alegaciones a la Orden que aprueba parámetros retributivos a la producción de Energías Renovables


I.- Introducción.
II.- Alegaciones.
Alegación nº 1. Clasificación de las Instalaciones.
Alegación nº 2. Retribución en función de la nueva clasificación de potencia.
Alegación nº 3. Arbitrariedad por tratar de forma distinta a productores e instalaciones que son iguales.
Alegación nº 4. Análisis comercial y de mercado erróneo.
Alegación nº 5. Vulneración de tratados y de la Ley.
Alegación nº 6. Principio de igualdad y proporcionalidad para todas las tecnologías.
Alegación nº 7. No se revisa toda la parte regulada.
Alegación nº 8. Financiación del déficit de tarifa.
Alegación nº 9. Cálculo de costes de explotación, (Ro).
Alegación nº 10. Retribución por la inversión, (Rinv).
Alegación nº 11. Vida útil regulatoria.
Alegación nº 12. Directiva 2009/28/CE Relativa al fomento del uso de energía procedentes de fuentes renovable.
Alegación nº 13. Tecnología e Innovación.
Alegación nº 14. Escenario de rentabilidad razonable.
Alegación nº 15. Evitar la insolvencia del sistema renovable y fotovoltaico en particular.
Alegación nº 16 RD14/2010. Por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del régimen tarifario.
Alegación nº 17 Buena gestión empresarial y eficiencia de las instalaciones.
Alegación nº 18 No retrasar el futuro.  
III.- Conclusión y solicitud final.

I.- Introducción.

Los más de 55.000 productores de energía solar fotovoltaica en España nos unimos a esta tecnología e inversión no por meros aspectos especulativos o de oportunidad de negocio sino siguiendo una llamada desde el propio Gobierno de la nación, que a su vez transmitía una supuesta seguridad jurídica y solvencia a todos los ciudadanos amén de un objetivo de futuro debido a la situación de la energía en España en el resto de los países. De hecho el propio RD436/2004 comienza:

En una sociedad moderna y avanzada como la española, el progreso científico y tecnológico va naturalmente acompañado de una cada vez mayor sensibilidad social hacia el medio ambiente. El concepto de desarrollo sostenible se erige así en uno de los elementos clave de la política económica de cualquier Gobierno.
La actividad de producción de energía eléctrica, como los demás sectores industriales, no puede ser ajena a estos planteamientos. El agua de nuestros ríos, la fuerza del viento o el calor proveniente del sol son fuentes limpias e inagotables de producción de energía eléctrica que deben ser fomentadas por los estamentos públicos.

Fue el propio gobierno el que fomentó y llamó a la nación a invertir y apoyar un desarrollo sostenible, garantizando por medio de la legislación la seguridad jurídica y el retorno de la inversión en unos plazos y retornos de caja establecidos por los Reales Decretos, que fueron los que se utilizaron para apalancar los créditos y las inversiones. Por este motivo los miles de inversores se creyeron y apostaron en la llamada del Gobierno de la nación y depositaron en muchos casos sus ahorros, avalando la inversión son su patrimonio personal o el de sus familiares.

Será difícil encontrar precedentes similares de apoyo a una llamada institucional del Gobierno donde decenas de miles de personas avalan con su patrimonio una política gubernamental y de Estado.


II.- Alegaciones

Factores de Escala y diferencias retributivas: El RD436/2004 y el RDL661/2007 ya las establecían inicialmente.
Ambas reglamentaciones ya definían un salto en la retribución de las instalaciones en razón del tamaño de las mismas. Para instalaciones de no más de 100KW se definió una retribución y para las de más de 100KW otra distinta. Las instalaciones se inscribían en el registro de productores de régimen especial en base a esta clasificación del RD436/2004 y el RDL661/2007.
Posteriormente el RD1578/2008, debido a que el crecimiento de la potencia instalada, que fue siempre autorizada y aprobada por los organismos oficiales, y porque aumentaba más de los esperado, establece un nuevo sistema de asignación y prescripción de instalaciones así como un régimen retributivo también basado en el factor de escala de las instalaciones.

Alegación nº 1. Clasificación de las Instalaciones. La propuesta de nueva Orden establece una nueva clasificación del tamaño de las instalaciones, clasificación que a su vez define una retribución distinta a instalaciones de la misma potencia y tecnología. Independientemente de que significa aplicar de forma retroactiva propia o de primer grado una modificación con retroactividad desfavorable. Y como se verá en otro apartado de este documento esta clasificación económica de la nueva Orden no tiene sentido ni fundamento respecto a un análisis de mercado o económico/ comercial.

Debe mantenerse la clasificación con que fueron inscritas las instalaciones en el registro.

Alegación nº 2. Retribución en función de la nueva clasificación de potencia. Otra retroactividad propia que la propuesta de Orden establece es que tiene en cuenta, y lo indica explícitamente, las generaciones de energía anteriores a su entrada en vigor para calcular las retribuciones futuras. Ello significa que se modifican retroactivamente los modelos de retribución financiera y los flujos de caja que se calcularon cuando se decidió en su día llevar adelante la inversión. Este aspecto es una retroactividad de una norma desfavorable y ya fue mencionado por la anterior Comisión Nacional de la Energía en su informe 18/2013.

No deben modificarse los criterios iniciales que existían cuando se realizó la inversión.

Alegación nº 3. Arbitrariedad por tratar de forma distinta a productores e instalaciones que son iguales. Una misma tecnología y potencia en la nueva Orden puede llegar a tener distinta retribución aunque se haya puesto en servicio en el mismo año. Se aduce a una supuesta economía de escala de Huertos Solares o Agrupaciones, que en ningún caso se ha demostrado, que favoreció al pequeño inversor. Al contrario, hay evidencias documentales y estadísticamente significativas y la CNMC puede fácilmente acceder a las mismas, de que los precios de venta de la inversión de las instalaciones no estaban relacionadas con el tamaño de los Huertos Solares. No había diferencia en si el Huerto era de 2MW o 5MW por ejemplo. Los inversores pagaron lo mismo.

Instalaciones iguales no deben verse discriminadas por la nueva Orden.

Alegación nº 4. Análisis comercial y de mercado erróneo. De las tablas de la propuesta de la nueva Orden se desprende que se considera a los 55.000 inversores como los promotores y gestores de las Huertas y grandes agrupaciones. Resulta obvio que ello no fue así. Fueron partícipes de una determinada potencia que compraron a un promotor o promotores que a su vez o lo financiaban con fondos o entidades bancarias. Adicionalmente debido a la demanda, en la mayoría de las grandes Huertas en los años 2006/7/8/9 había listas de espera para poder acceder a una participación. Cualquier análisis de mercado y comercial concluye que las posibles beneficios por economías de escala de estos Huertos y Agrupaciones, si los hubo, no se trasladaron a los pequeños inversores, que ejecutaron la compra final. Esto fue debido porque el mercado no requería de bajar los precios para tener nuevos clientes, (como hemos indicado había listas de espera).

Los pequeños inversores no fueron promotores y no se beneficiaron de los factores de escala que el negocio proporcionaba. De hecho los costes medios, (€/KWp), de instalaciones agrupadas o de sueltas y no agrupadas eran prácticamente los mismos, (fácilmente comprobable), no existiendo las diferencias que para un mismo año y tecnologías se pueden comprobar en muchas instalaciones modelo de las IT-XXX de la nueva propuesta de Orden, diferencias que supera en algunos casos el 25% en los ingresos.

Alegación nº 5. Vulneración de tratados y de la Ley. Inversores internacionales que han realizado inversiones en España después de leer lo establecido en el Boletín Oficial del Estado, se han visto obligados a presentar demandas por vulneración del principio de legalidad. España acumula por el momento ocho demandas internacionales, la última de Dubai, por la modificación de las condiciones reglamentarias de las inversiones. Esto además del coste de atender a estas demandas, ( millones de Euros y minutas de abogados), tiene un efecto negativo en las posibles nuevas inversiones por la inseguridad jurídica que se genera que por otra parte es real.

La propia Constitución establece la obligatoriedad de los poderes públicos de respetar y seguir el ordenamiento jurídico. (Artículo 9). Tampoco se respetan los tratados internacionales como por ejemplo la Carta de la Energía publicada oficialmente en España, que garantiza las inversiones. En definitiva no se están cumpliendo con las obligaciones contraídas ni con los pequeños inversores nacionales ni con los inversores internacionales vulnerando los derechos de las inversiones ya en funcionamiento.

Respetar la legalidad y las obligaciones contraídas y evitar destruir el principio de confianza legítima manteniendo las normas claras y precisas debiendo ser además su aplicación previsible.

Alegación nº 6. Principio de igualdad y proporcionalidad para todas las tecnologías. La propuesta de la nueva Orden sólo aplica recortes a las energías renovables para las instalaciones acogidas al régimen especial no viéndose ninguna razón objetiva para ello ya que no hay razón para excluir de la revisión a las otras tecnologías.

Ello es todavía más desproporcionado si consideramos que de acuerdo a la regulación actual el mercado retribuye toda la producción de electricidad, también la nuclear e hidroeléctrica, al precio de la tecnología más alta aceptada por el propio mercado, excepto a las tecnologías del régimen especial, Este sistema si que no considera la libre competencia ni ningún principio de rentabilidad razonable como quiere establecer el gobierno.

Eliminar este sistema de precios marginales que produce beneficios desproporcionados “caídos del cielo” a las tecnologías ya amortizadas que obstruyen una libre competencia en el mercado y paraliza la innovación.

Alegación nº 7. No se revisa toda la parte regulada. La propuesta de la nueva Orden establece según el ministerio un recorte a las energías renovables de aproximadamente 1.750 millones de Euros, casi un 19%. Sin embargo la distribución y el transporte que es del orden de un 40% de la parte regulada no sufre ningún recorte ni revisión, e incluso sube.

Debería revisarse toda la parte regulada no sólo la parte correspondiente a las energías renovables y especialmente la distribución y transporte por medio de una auditoria de costes.

Alegación nº 8. Financiación del déficit de tarifa. En el artículo 1.4 “Evolución de los costes de explotación a partir de 2014” la propuesta a la nueva Orden establece que va a cargar el déficit de tarifa a todas las actividades reguladas.

Esto es incomprensible porque en Diciembre 2012 el Tribunal Supremo falló con una sentencia contra la que no cabe recurso, dictaminando que las grandes cinco eléctricas deben financiar en su totalidad el déficit tarifario, (y a pagar las costas de los recursos presentados), pidiendo incluso el adelanto de algunas de las cantidades para financiar los desajustes de determinadas actividades del sector regulado.

Por tanto se debe aplicar la sentencia del Tribunal Supremo y cargar la financiación del déficit de tarifa sólo a las cinco empresas de Unesa y no a los pequeños inversores en energías renovables y energía fotovoltaica en particular.

 

Y además solicitarles a las grandes eléctricas que devuelvan los 3.400 M€ correspondientes a los costes de transición a lacompetencia (CTC) cobrados de más, las empresas habían recibido más dinero por los precios fijados en el mercado que el que se había considerado necesario para garantizar la rentabilidad y dado por el Estado, y el es por ello que mediante el RD 7/2006 los suprime los CTC.

 

Alegación nº 9. Cálculo de costes de explotación, (Ro). En la nueva propuesta se encuentran muchos ejemplos donde la supuesta Retribución a la Operación (Ro) parece que no se corresponde con una explotación real y normal de una planta. Sólo a modo de un ejemplo: la IT- 482, planta situada en un huerto, tiene una mayor retribución por costes de explotación que la IT- 464, misma planta pero no en agrupación mayor de 100KW. ( Estos son sólo dos de los 576 estándares desarrollados)
La propuesta de la nueva Orden asume que la planta que comparte los servicios de una huerta tiene unos costes de explotación superiores, en este caso un 75% más, que la planta aislada. Por tanto recibe mayor retribución por explotación, (Ro). Cuando de la lectura de la nueva norma y de una empresa bien gestionada, se desprende que debería haber un factor de escala y una optimización en los costes de operación en las plantas que estén en huertas o agrupación al compartir elementos comunes como las alarmas, vigilancia, equipos auxiliares, tele medida, etc. Hay más ejemplos que podían mencionarse y en todas las tecnologías y no existe una coherencia y consistencia en las tablas y modelos establecidos. Como seguramente muchos inversores afectados les están haciendo llegar.

Por no conocer en detalle los modelos utilizados no se puede localizar donde está el error o el concepto que genera las contradicciones en la retribución por operación. ( La propuesta de la nueva Orden sólo ha publicado el resultado final no sus bases). Este aspecto debería revisarse ya que no es coherente.

Alegación nº 10. Retribución por la inversión, (Rinv). Ya comentado parcialmente en la alegación nº 4, el borrador de la nueva Orden presupone un factor de economía de escala en los costes de inversión a favor de las huertas a los productores por el hecho de estar agrupados en huertas.

Siguiendo con el mismo ejemplo anterior tenemos, datos de Rinv presentados en las tablas de la propuesta a la nueva Orden:( Dos de los 576 Estándares definidos en la propuesta de la Orden),

El mercado no vendía un 8,18% más barato las instalaciones que están en huertas que las aisladas. Se vendían prácticamente al mismo precio, quienes se beneficiaban de la supuesta economía de escala eran los promotores o los fondos de inversión que construían las huertas. Además la mayor parte de estos proyectos eran del tipo “llave en mano” donde el inversor sólo se veía inmerso en los pagos y no participaba en ningún tipo de negociación o decisión de acopio o compra de materiales.

Igualmente los costes iniciales por inversión que la propuesta de la nueva Orden está considerando son bastante inferiores a los que realmente se pagaron para las distintas tecnologías, El borrador de la nueva Orden indica que ha tomado medias pero sin publicar las bases. En el caso anterior los precios de venta en el mercado de las plantas estaban del orden de un 15% a un 20% superior a lo reflejado por la IT-464, siendo en otras tecnologías también superior. Este aspecto debería revisarse ya que no es coherente.

Alegación nº 11. Vida útil regulatoria. También se amplía la vida regulatoria de las instalaciones fotovoltaicas de los 25 años iniciales cuando se hizo la inversión a 30 años como propone el borrador de la nueva Orden.

Este hecho supone en muchos casos debido al drástico recorte de los flujos de caja y al nuevo impuesto a la producción del 7%, una reducción en los ingresos del orden del 35%-45% ( y más en determinados casos), lo que obliga a re-financiar los préstamos con las entidades financieras. Hay que alargar las hipotecas o préstamos cinco años más. En muchos, casos como se ha denunciado desde distintas asociaciones del sector, no es posible mantener el apalancamiento de la inversión llevando directamente a los inversores a la bancarrota o a tener que aportar más capital propio si disponen del mismo para afrontar los pagos.

Este cambio de la vida regulatoria es otra modificación retroactiva de la normativa en vigor cuando se hizo la inversión. La gravedad del cambio está en la aparente contradicción que supone dar más vida útil regulatoria, que en principio es beneficioso para el inversor, pero los recortes a las retribuciones no han considerado correctamente los apalancamientos, la re-financiación de los proyectos ni los costes reales de inversión inicial.

La vida útil regulatoria debe ser consecuente con la inversión real inicial y los flujos de caja que determinaron el proyecto. Amén de la arbitrariedad con que se están tratando a las energías renovables y a la energía fotovoltaica en particular respecto a otras tecnologías que no tienen vida regulatoria, hidráulica o nuclear por ejemplo, ni se les aplica unos procedimientos con modelos estándares para cálculos de sus costes ni se les exige una “rentabilidad razonable”. Sólo las renovables soportan estándares de costes, vida útil, las otras tecnologías están generando sobre costes al sistema debido a estar muchas veces, decenas o cientos de veces, por encima de la “rentabilidad razonable” que se quiere imponer a las renovables.

La vida útil regulatoria debe adecuarse al apalancamiento y a una rentabilidad real sin modificar de manera retroactiva los compromisos adquiridos soportando los inversores fotovoltaicos de manera proporcional los esfuerzos y ajustes. Aquí tampoco existe igualdad y si arbitrariedad.

Alegación nº 12. Directiva 2009/28/CE Relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovable. Se traspone en España en el Reglamento de Instalaciones Técnicas en los Edificios, en el Código Técnico de la Edificación y en la Ley de la Economía Sostenible.

Con la propuesta de nueva Orden que se ha emitido se va a bloquear y paralizar el fomento de las energías renovables y muy en especial el fomento, desarrollo e introducción de la energía fotovoltaica. Siendo paradójico que España es uno de los países de la Unión Europea que más horas de insolación disfruta.

La imagen del sector renovable, los importantes problemas financieros que la implantación de la nueva Orden va a suponer a miles de inversores en el sector fotovoltaico ha frenado ya y frenará en el futuro si no se corrige la nueva Orden las inversiones en energía solar fotovoltaica en España. Claramente la propuesta de la nueva Orden va en contra del fomento de la energía fotovoltaica y en contra de la Directiva 2009/28/CE.

Revisar la propuesta de la nueva Orden para que fomente el uso e implantación de la energía fotovoltaica en España dándole un marco de cobertura para su desarrollo adecuado tal como estable la Directiva 2009/28/CE. Como está ahora redactado el borrador supone una barrera para su desarrollo contrario a dicha Directiva 2009/28/CE.

Alegación nº 13. Tecnología e Innovación. La propuesta de la nueva Orden para la retribución de las energías renovables y en particular de la energía fotovoltaica también vulnera y va en contra de los principios establecidos por la Ley14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

De acuerdo a la propuesta de nueva Orden sólo un 15% o un 20% de los ingresos que las plantas de energía fotovoltaica van a percibir procederán de su producción real de energía renovable. El resto un 85% / 80% de la retribución procederá de un factor fijo dependiente de la potencia instalada independientemente de la producción real.

Claramente este aspecto no fomenta el desarrollo y búsqueda de sistemas fotovoltaicos más eficientes que sean cada vez capaces de producir más KWh con los mismos KW de potencia instalada. La propuesta de la nueva Orden va en contra de lo establecido en la Ley/14/2011 que plantea que se implanten medidas que giren en torno al fomento de la investigación, al desarrollo e innovación y así conseguir un modelo productivo más eficiente.

Modificar la propuesta de la nueva Orden para que fomente el desarrollo de la innovación y la eficiencia energética.

Alegación nº 14. Escenario de rentabilidad razonable. El concepto que introduce el borrador de la nueva Orden no mantendrá en absoluto una rentabilidad razonable durante la vida de la instalación, al contrario de lo que indica amparándose en el concepto de “rentabilidad razonable” para querer transmitir confianza a los inversores y credibilidad a la opinión pública.

Todas las inversiones realizadas por los 55.000 productores fueron calculadas basadas en el ratio reglamentario y legislativo en su origen que ligaba la modificación de los ingresos y su actualización al IPC creciente, incluso con un diferencial dado por la propia normativa cuando cada instalación se inscribió en el registro de régimen especial. Con la propuesta de la nueva Orden la retribución prácticamente llegará a un punto en el que será constante y fija de un año para otro. En términos financieros esto significa que por la depreciación se estará perdiendo rentabilidad y de hecho también perdiendo dinero. Ya antes de su publicación organizaciones del sector e inversores han manifestado que su aplicación va a suponer una inmediata suspensión de pagos de muchos inversores, pues la nueva retribución no permite soportar la carga de la deuda y mucho menos por tanto garantiza una supuesta “rentabilidad razonable”.

Revisar la política retributiva de la nueva Orden para que evite la quiebra de miles de inversores y garantice la rentabilidad de la inversión que estuvo respaldada y solicitada por el Estado, incluso con publicidad institucional.

Alegación nº 15. Evitar la insolvencia del sistema renovable y del fotovoltaico en particular. La aplicación de la propuesta de la nueva Orden va a suponer que se generen multitud de pleitos y denuncias en contra del propio Ministerio y el Estado. En dichas denuncias se podrá demostrar fehacientemente que aplicando las directrices del gobierno con la nueva normativa se llega, a pesar de la supuesta “rentabilidad razonable”, a la quiebra lo cual es un contrasentido.

El propio Estado al aprobar dicha nueva Norma está arriesgándose a perder miles de juicios pues fue el responsable de ambos escenarios: el inicial de la inversión y el que ha provocado la quiebra.

Debe evitarse la insolvencia del sector fotovoltaico. Fue el propio Estado como se ha dicho el que fijó ambos escenarios, el primero en el que se realizaron las inversiones y el nuevo modificado, y ambos se aplican a las mismas instalaciones.

Alegación nº 16 RD14/2010. Por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del régimen tarifario. La medida principal fueron los Recortes al Sol. El sector fotovoltaico desde hace varios años se siente perseguido, (o en guerra con la energías fósiles), como si fuera el culpable único de los los problemas del sector eléctrico. En dicho RD14/2010 ya se implantó un importante recorte en las retribuciones de los productores de energía fotovoltaica. Limitando las horas equivalentes de referencia máximas para cobrar la retribución con recortes del orden del 20% al 30%. Dichos recortes ya se han sufrido durante tres años.

Nohacer recortes al Sol. Debe aprovecharse nuestra situación privilegiada.

Alegación nº 17 Buena gestión empresarial y eficiencia de las instalaciones. El borrador de la nueva Orden indica que considera para el calculo de las retribuciones los de una empresa eficiente y bien gestionada. Como se ha indicado en la alegación nº 13, la propuesta de nueva retribución no favorece a la eficiencia ya que no prima a la producción ni el rendimiento de la inversión. Por tanto la retribución a percibir en la nueva normativa propuesta será la misma para una planta bien gestionada, que haya invertido en equipos de primera calidad para ser más eficiente energéticamente que otra mal gestionada y que haya montado equipos de baja calidad o de bajos ratios de eficiencia. Sólo con cumplir con unos mínimos quedan garantizadas las retribuciones. Un simple cálculo con las tablas de la propuesta de la nueva Orden muestra esta contradicción con lo que pretende la propuesta y lo que de verdad produce al calcular las retribuciones de las instalaciones.

Modificar la propuesta de la nueva Orden para que de verdad considere en la retribución la eficiencia de la instalación y la buena gestión de la empresa. La principal fuente para generar ingresos deberían ser tal como fue en su origen con el RD436/2004 y el RDL661/2007, los KWh vertidos a la red por cada instalación y tecnología.

Alegación nº 18 No retrasar el futuro. Las energías renovables y la solar en particular van a ser una parte importante de la solución del futuro energético en España y en el mundo.

El Estado debe tomar parte de la solución del problema y no de quienes están tratando de retrasarlo por otros intereses ajenos al bien común, la riqueza energética y al desarrollo basado en el ahorro energético. Sin olvidar el impacto en el medio ambiente cuyas consecuencias a gran escala ya están siendo meteorológicamente bien visibles. El petróleo y los combustibles fósiles están, (y van a estar), cada vez más caros debido a la demanda de los países emergentes y escasos, al menos serán cada vez más escasos los que tengan una rentabilidad energética razonable.

Modificar la propuesta de la nueva Norma para que se potencie la implantación de la energías renovables y el ahorro de energía y no su bloqueo en favor de las energías fósiles. Ello generaría eficiencia y puestos de trabajo.

III.- Conclusión y solicitud final.

De acuerdo a las alegaciones del apartado anterior se debería revisar a fondo la propuesta de la nueva Norma y que se eliminen los aspectos de retroactividad propia, arbitrariedad y des-proporcionalidad que se quiere aplicar a los productores de energía fotovoltaica .

Entiendo que se deben realizar ajustes al sistema y de manera muy especial equilibrar los gastos e ingresos del mismo. Pero ello debe hacerse de forma proporcional con TODOS los actores que forman parte de la actividad regulada y realizando también un análisis real de los costes de todas las tecnologías convencionales no renovables, sus gastos y las responsabilidades de gestión e empresarial de los que participan en el sistema eléctrico. Igualmente en el supuesto que se quieran calcular rentabilidades pasadas, estas deben afectar a todas las tecnologías, no sólo a las renovables. Y en particular en el caso de la energía fotovoltaica no debería perderse el compromiso que el Estado suscribió con los pequeños inversores a través de su llamada a la inversión con la normativa inicial, el RD436/2004 y el RDL661/2007, RD1578/2008.


Atentamente.


sábado, 10 de marzo de 2012

La clave está en las Fuentes de Energía Primaria. Primera entrega: el Petróleo.



Con este por post se quiere iniciar una serie de entregas revisando las principales fuentes de energía primaría disponibles. Comenzamos por la "madre de nuestra era industrial y del desarrollo" el petróleo.

Quizá antes haya que tratar de definir o aclarar que es energía. Todos tenemos la idea intuitiva que la energía es lo que nos proporciona una habilidad para hacer algo, movimiento, calor, comida, luz, combustible, etc. Pero si queremos medir la energía no tenemos más remedio que hacerlo a través de la Física  cuya definición es bien clara:

Energía es la capacidad de realizar un trabajo.

Aunque no la vemos directamente, de hecho nadie la ha visto, sí se manifiesta en muchas formas y somos capaces de ver y sentir sus efectos: traslado de bienes de un punto a otro del continente, el calor de la calefacción, la iluminación de un estadio de fútbol, la cosecha de un campo de cultivo, el funcionamiento de las máquinas en la industria o de los laboratorios en el proceso de fabricación de medicamentos, una granja de gallinas ponedoras,  etc.  Además también la Ecología estudia a los organismos vivos considerando los intercambios de energía entre ellos y con los entornos en que viven.

Para poder realizar todos estos trabajos y interaccionar con el medio y con otros organismos vivos precisamos de  energía, que la obtenemos de varias fuentes primarias, que están en la naturaleza disponibles para ser consumidas bien directamente, algunas,  o a través de procesos intemedios para su transporte distribución o utilización final. La electricidad no es una fiuente de energía primaria, sino un vector de distribución de energía, antes hemos tenido que generarla en centrales de varios tipos que si utilizan fuentes de energía primaria, carbón, agua, gas, nuclear, etc. ( Salvo la energía eléctrica de un rayo, pero desgraciadamente hasta la fecha no podemos utilizarla).

Como fuentes de energia primaria tenemos: el petroleo, carbón, gas natural, hidroeléctrica, nuclear, biomasa, eólica, solar fotovoltaica y solar térmica, geotérmica, etanol y biodiesel, mareas y olas, arenas asfálticas y esquistos bituminosos, basuras y deshechos, resto fuentes. Referencia: EIA Energy Information Administration

Vemos que nuestra dependencia de los combustibles fósiles es nada menos del 81,4% del total de todas las necesidades energéticas mundiales. Todas estas fuentes tienen una densidad energética, cantidad de energía por unidad de masa,  tremenda y proceden de la biomasa,  pero después de una transformación que ha requerido de millones de años. Son además recursos no renovables, significa que no pueden ser producidos o generados a una escala que sea capaz de mantener la tasa de consumo actual. Son finitos y como se ha comentado en otro post siguen una pauta de crecimiento de acuerdo a la función exponencial.

Vamos a comenzar por ver el Petróleo

Además de proporcionar el 34 % de toda la energía, nadie pone en duda que es el combustible principal mundial. Sólo hay que ver quien mueve el transporte en todo el mundo, los barcos, camiones, aviones, coches,  etc. Además sin él toda la maquinaria e industría agrícola necesaria para producir alimentos y ganadería se paralizaría.

Para hacernos una idea de su enorme densidad de energía sólo hay que considerar que un litro de petróleo contiene unos 38 MJ ( Mega Julio) cuando el trabajo de un humano es de 0,36 MJ. Lo que significa que un litro de petróleo es equivalente a casi 100 horas de trabajo. Otra forma de ver esta tremenda densidad de energía es traducirlo a lo que se está pagando por ella. Al traducirlo a euros tendríamos que un litro de gasolina produce el equivalente de casi 500 € de trabajo humano. Para más información ver Energía Humana y Energía Combustible.  Hace escasamente 200 años la mayor parte de la energía que movía  a la sociedad eran de origen animal y humano, y  en el caso de la agricultura tan sólo hace unas décadas. Si quisiéramos sustituir la energía que consume España por trabajo humano  se precisaría de toda la población mundial trabajando para nosotros.

Al margen de esta tremenda y barata densidad energética del petróleo que fue el determinante de la Segunda Revolución Industrial y de la explosión demográfica hay que considerar otros dos aspectos negativos de esta fuente de energía primaria: es un contaminante medioambiental por generar gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento global  y al ser un recurso finito sigue evolucionando conforme al cenit o pico del petróleo, que ya muchos autores han indicado que se llegó en el año 2008, curiosamente el año de inicio de la crisis actual. Entones se produjo el récord de producción mundial en el mes de Julio con unos 75 millones de barriles por día de extracción.
La utilización de cada barril de petróleo genera del orden de unos 400 Kg de CO2 que es uno de los principales gases de efecto invernadero. El calentamiento ya afecta a los océanos que están en peligro de extinción. El efecto del pico del petróleo está teniendo una realimentación positiva adicional en el aumento de los gases de efecto invernadero, se está consumiendo más carbón.

La bajada en la extracción de crudo se está compensando con la producción de más líquidos licuados de gas, y biocombustibles hasta llegar a un volumen que se ha estabilizado en unos 85 millones de barriles diarios. Con esto aparece otro efecto negativo, la llamada tasa de retorno energética TRE, o energía total que puede producir una fuente con relación a la energía requerida para explotarla o producirla. Al inicio de la explotación de los pozos petrolíferos la TRE era de 100:1 cuando ahora está en 10:1 y muchos pozos y procesos  incluso menos. En  1859 en  Titusville, Pensilvania, Estados Unidos,   Edwin Drake a partir de una idea de George Bissel perforó el primer pozo de petróleo obteniendo el crudo a una profundidad de sólo 21 m. Hoy se llega a sobrepasar los 10.000 m.
 La producción de etanol a partir del maíz tiene una TRE que muchos autores ya estiman por debajo de 2:1.  Esto tiene un impacto importante en el precio y producción, bajando de una determinada TRE el recurso ya no es rentable para la explotación económica o energética.

La clave consiste en buscar un mix energético con el resto de las fuentes de energía primaria para ver si es posible proporcionar la energía que se demanda a un precio que no provoque un colapso en la economía y además sea sostenible con el medio ambiente. Misión imposible.

En sucesivos posts veremos otras fuentes de energía primaria. En el próximo: el carbón.

Saludos

Más información.
The Oil Crash. Antonio Turiel
¡Qué difícil es demostrar lo obvio!







miércoles, 8 de febrero de 2012

Indignación el Jueves 9 de Febrero #RenovablesOFF trending topic en twitter.


Para protestar el 9 de Febrero de 2012 por el RDL-1/2012 preparado por el gobierno, decreto que supone una moratoria y un paro real al desarrollo de la energía renovable en España nos unimos desde @lituus a la campaña impulsada por el sector renovable para convertir #RenovablesOFF en Trending Topic en Twitter. Te invitamos también. ¿Vamos, te animas?

Ese mismo día en el Congreso de los Diputados se va a convalidar el RDL-1/2012 paralizando el desarrollo de las renovables en España.

Para conseguir ser un TT Trending Topic, hay que colocar la etiqueta #RenovablesOFF entre los diez temas en twitter de los que mas se habla.de esta manera la etiqueta mostrando nuestra indignación será visible a todos los usuarios que estén enviando tweets en ese momento.

Argumentario para participar y por qué apoyar la campaña #RenovablesOFF

Las renovables dan empleo a 120.000 personas.
Para el horizonte del 2020 el Plan de Energías Renovables estimaba 300.000 empleos en el sector.
España es líder mundial en renovables y en I D i del sector.
Esta moratoria se produce cuando el petróleo y gas están subiendo de precio y con un futuro en cuanto a suministro incierto. Ver la situación política alrededor de los mayores productores.
Este RDL-1/2012 frena la inversión nación y extranjera en España.
La moratoria del gobierno no reduce el déficit energético ya que ya estaba antes que las renovables.
La dependencia en energía respecto al petróleo en España como fuente de energía primaria es del 48,4%, frente a la media de la UE-27 que es del 36,6%. Somos de los países con mayor dependencia energética de fuetes primarias de energía que no disponemos, junto con Grecia, Portugal, Italia, Irlanda. (PIIGS)
Sigue sin revisarse el sistema tarifario. Una causa principal del déficit con las eléctricas es que siguen facturando la energía hidráulica y nuclear de centrales ya amortizas al precio del gas y carbón. Beneficios caídos del cielo.
El déficit tarifario con las eléctricas en en gran parte normativo y no real. Debería realizarse una quita del ficticio déficit tarifario normativo. Sólo pagar el real.
Los pagos por sobrecapacidad a las eléctricas aumentaron un 100% en el 2011. 1535 millones de €.
Se ha incrementado el consumo y generación eléctrica de carbón que también está subvencionado y se aumenta mucho las emisiones de CO2.
Las energía renovables aportaron 10.000 millones al PIB en 2010.
Las inversiones mundiales en 2011 fueron de 260.000 millones de dólares, un 5% mas que en el 2010 y cinco veces superiores al año 2004.
Las primas a las renovables no están relacionadas con el déficit del estado. Al contrario lo mejoran al reducir la dependencia energética exterior.
La generación Fotovoltaica KWh fue mayor que la hidráulica en Alemania en el año 2011.
Las energías renovables son rentables económicamente y preservan el medio ambiente.
Invertir en renovables es una opción de política climática consecuente.
Parar las energías renovables es una decisión torpe.
El ministro Soria sigue los dictados de las eléctricas y de FAES. Hay documentos que lo avalan.
En enero 2012 la generación de electricidad en España procedente de fuentes de energía renovable fue del 26,5%, 14 puntos por debajo de Enero 2011. La tecnología que más electricidad aportó al sistema ha sido el carbón con un 21,8, aumentando las emisiones de CO2  y además de estar subvencionado.

No al RDL-1/2012 ¡Estamos indignados!

¿Cómo protestar en twitter el 9 de febrero?

Emitir tweets con la etiqueta #RenovablesOFF. Ver arriba en Argumentario ejemplos para temas y contenidos para los tweets de apoyo a las renovables.
Hacer retweet cuando se encuentre la etiqueta #renovablesOFF con contenido de apoyo a la energía renovable.

¿Vamos a por ello?

Mas información.

Ahora más que nunca, renovables
La transición a las renovables estimula la economia y genera empleo
Si el ministro Soria se quisiese informar bien...
Nota urgente sobre el paron a las renovables
El ministro Soria sigue los dictados de FAES en materia de energía.
Empleos en energías renovables. (IRENA)
¡Qué díficil es demostrar lo obvio!
No salimos de la crisis porque no entendemos la función exponencial.